27 de gener 2021

SUSPENSIÓN SUSPENDIDA... CAUTELARMENTE


 

En los últimos días se han hecho infinidad de comentarios y escrito decenas de artículos, algunos por plumas muy autorizadas, sobre la decisión de Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de anular cautelarmente el decreto del Govern que suspendía las elecciones al Parlament del 14 de febrero. Pese a ello, y aunque sé que corro el riesgo de ser repetitivo y poco original, quiero manifestar también mi opinión sobre el affaire.

Digan lo que digan los líderes independentistas el motivo por el cual Pere Aragonés, vicepresidente del Govern, firmó el decreto que desconvocaba las elecciones, no fue tanto por los datos epidemiológicos del coronavirus, sino por la “ocurrencia” de los socialistas de colocar a Salvador Illa como cabeza de cartel de su candidatura para las elecciones autonómicas. Antes de eso, las cosas estaban claras: la victoria de ERC estaba cantada y podrían gobernar en coalición con JxCat. Incluso cabía la posibilidad de que el secesionismo superase el listón del 50% de los votos. Sin embargo, el efecto Illa ha venido a sacudir el tablero político catalán y ya son varios los sondeos que vaticinan una más que probable victoria socialista Además de un posible desplome de ERC que se quedaría como tercera fuerza, por detrás de PSC y JxCat.

Con ese horizonte tan poco halagüeño, el Govern se descolgó con un decreto para suspender las elecciones y proponiendo, de manera poco convincente, convocar más adelante para el 30 de mayo. Ante esa situación tan poco ajustada a derecho, todos los partidos de la oposición y la inmensa mayoría de juristas, no tardaron en calificar el decreto del Govern como una auténtica chapuza. Otra cosa hubiese sido un aplazamiento técnico por unas semanas, pero no más de tres meses que es lo que se pretendía desde el Palau de la plaza Sant Jaume.

Ante la inseguridad jurídica generada por la iniciativa gubernamental, dos formaciones extraparlamentarias y un particular presentaron recursos y es, a partir de ese momento, cuando la sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, decide mantener de forma cautelar la fecha del 14 F para celebrar las elecciones autonómicas por “interés público” y por la necesidad de salir del bloqueo institucional. Seis de los siete magistrados que conforman el Tribunal consideran que “las medidas sanitarias actuales no limitan desplazamientos” para actividades no esenciales, por el contrario, uno de los magistrados ha manifestado su disconformidad en un voto particular. De todos modos, el Tribunal advierte que si las restricciones se intensificaran no se descarta cambiar el criterio en la sentencia definitiva que será pública, como muy tarde, el 8 de febrero.

En esa resolución se ha tenido en cuenta que “la decisión afecta al derecho fundamental de sufragio activo y pasivo, o derecho de voto, cuya suspensión no está prevista en el marco estatal del estado de alarma”.

En opinión del catedrático de Derecho Constitucional, Javier Pérez Royo, el ordenamiento jurídico español no contempla ningún supuesto en que se pueda cambiar la fecha de celebración de las elecciones fijada en el decreto disolución/convocatoria. Esa capacidad no la tiene ni el presidente del Gobierno, ni el de la Comunidad Autónoma, ni el Poder Judicial. Además, hay que recordar aquí que tras la destitución del anterior president, Quim Torra, se dejaron transcurrir los plazos legales sin que se presentase ningún candidato, por lo que los comicios quedaron convocados automáticamente el 21 de diciembre.

Es cierto que esta normativa no se tuvo en cuenta ni en Galicia ni en el País Vasco. No obstante, para clarificar las cosas conviene subrayar un par de cuestiones: cuando en esas CC.AA se pospusieron esas elecciones estábamos confinados, algo que no ocurre ahora y, sobre todo, nadie interpuso un recurso contra los presuntos decretos ilegales que las posponían, algo que sí ha ocurrido ahora en Cataluña.

Ante el serio correctivo que han aplicado los tribunales al Govern, los líderes independentistas han recuperado la retórica victimista. Para variar han vuelto a hablar de un nuevo 155, esta vez encubierto. Sin embargo, lo que ellos han tumbado, en realidad, ha sido el artículo 67.7 del Estatut y el 4.6 de la Ley de la presidencia de la Generalitat que son las normas que regulan los procesos electorales en Cataluña.

Ante tanto desbarajuste y, aunque pueda parecer un tópico, más que nunca necesitamos votar. Estamos llegando a un punto en el que la situación empieza a ser insostenible. Cataluña está en caída libre. Se ha roto la cohesión social, la sociedad está dividida en dos mitades y hemos perdido la autoestima. La economía es un desastre, Madrid nos ha superado ya en aportación al PIB y de seguir así pronto nos superará Valencia. El país funciona por inercia, pero eso no puede durar de manera indefinida, cualquier día el motor se gripará y si eso sucede la reparación será muy larga y muy costosa.

En estas circunstancias, tan solo un proceso electoral impecable del que todos acepten democráticamente los resultados, puede servir para empezar a salir del agujero en el que la irresponsabilidad de algunos nos ha situado. Por eso, lanzar globos sonda apuntando que de celebrase las elecciones el 14 F, existe un serio riesgo para la salud de los ciudadanos y, a la vez, insinuar que si la participación es escasa y los resultados no son los que el independentismo espera, pueden quedar deslegitimados, es una mezquindad.

Mucho más si se hace desde los medios públicos y encima que sean personajes de prestigio social y/o profesional los que lancen los mensajes. Y es que de vilezas, mezquindades, canalladas y manipulaciones estamos hasta más arriba.

 

 

Bernardo Fernández

Publicado en e notícies 25/01/2021

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