En los últimos días se han
hecho infinidad de comentarios y escrito decenas de artículos, algunos por
plumas muy autorizadas, sobre la decisión de Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña (TSJC) de anular cautelarmente el decreto del Govern que suspendía las
elecciones al Parlament del 14 de febrero. Pese a ello, y aunque sé que corro
el riesgo de ser repetitivo y poco original, quiero manifestar también mi
opinión sobre el affaire.
Digan lo que digan los líderes
independentistas el motivo por el cual Pere Aragonés, vicepresidente del
Govern, firmó el decreto que desconvocaba las elecciones, no fue tanto por los
datos epidemiológicos del coronavirus, sino por la “ocurrencia” de los
socialistas de colocar a Salvador Illa como cabeza de cartel de su candidatura para
las elecciones autonómicas. Antes de eso, las cosas estaban claras: la victoria
de ERC estaba cantada y podrían gobernar en coalición con JxCat. Incluso cabía
la posibilidad de que el secesionismo superase el listón del 50% de los votos. Sin
embargo, el efecto Illa ha venido a sacudir el tablero político catalán y ya
son varios los sondeos que vaticinan una más que probable victoria socialista
Además de un posible desplome de ERC que se quedaría como tercera fuerza, por
detrás de PSC y JxCat.
Con ese horizonte tan poco
halagüeño, el Govern se descolgó con un decreto para suspender las elecciones y
proponiendo, de manera poco convincente, convocar más adelante para el 30 de
mayo. Ante esa situación tan poco ajustada a derecho, todos los partidos de la
oposición y la inmensa mayoría de juristas, no tardaron en calificar el decreto
del Govern como una auténtica chapuza. Otra cosa hubiese sido un aplazamiento
técnico por unas semanas, pero no más de tres meses que es lo que se pretendía
desde el Palau de la plaza Sant Jaume.
Ante la inseguridad jurídica
generada por la iniciativa gubernamental, dos formaciones extraparlamentarias y
un particular presentaron recursos y es, a partir de ese momento, cuando la
sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, decide
mantener de forma cautelar la fecha del 14 F para celebrar las elecciones
autonómicas por “interés público” y por la necesidad de salir del bloqueo
institucional. Seis de los siete magistrados que conforman el Tribunal
consideran que “las medidas sanitarias actuales no limitan desplazamientos” para
actividades no esenciales, por el contrario, uno de los magistrados ha
manifestado su disconformidad en un voto particular. De todos modos, el
Tribunal advierte que si las restricciones se intensificaran no se descarta
cambiar el criterio en la sentencia definitiva que será pública, como muy
tarde, el 8 de febrero.
En esa resolución se ha tenido
en cuenta que “la decisión afecta al derecho fundamental de sufragio activo y
pasivo, o derecho de voto, cuya suspensión no está prevista en el marco estatal
del estado de alarma”.
En opinión del catedrático de
Derecho Constitucional, Javier Pérez Royo, el ordenamiento jurídico español no
contempla ningún supuesto en que se pueda cambiar la fecha de celebración de
las elecciones fijada en el decreto disolución/convocatoria. Esa capacidad no
la tiene ni el presidente del Gobierno, ni el de la Comunidad Autónoma, ni el
Poder Judicial. Además, hay que recordar aquí que tras la destitución del
anterior president, Quim Torra, se dejaron transcurrir los plazos legales sin
que se presentase ningún candidato, por lo que los comicios quedaron convocados
automáticamente el 21 de diciembre.
Es cierto que esta normativa
no se tuvo en cuenta ni en Galicia ni en el País Vasco. No obstante, para
clarificar las cosas conviene subrayar un par de cuestiones: cuando en esas
CC.AA se pospusieron esas elecciones estábamos confinados, algo que no ocurre
ahora y, sobre todo, nadie interpuso un recurso contra los presuntos decretos
ilegales que las posponían, algo que sí ha ocurrido ahora en Cataluña.
Ante el serio correctivo que
han aplicado los tribunales al Govern, los líderes independentistas han
recuperado la retórica victimista. Para variar han vuelto a hablar de un nuevo
155, esta vez encubierto. Sin embargo, lo que ellos han tumbado, en realidad,
ha sido el artículo 67.7 del Estatut y el 4.6 de la Ley de la presidencia de la
Generalitat que son las normas que regulan los procesos electorales en
Cataluña.
Ante tanto desbarajuste y, aunque
pueda parecer un tópico, más que nunca necesitamos votar. Estamos llegando a un
punto en el que la situación empieza a ser insostenible. Cataluña está en caída
libre. Se ha roto la cohesión social, la sociedad está dividida en dos mitades
y hemos perdido la autoestima. La economía es un desastre, Madrid nos ha
superado ya en aportación al PIB y de seguir así pronto nos superará Valencia.
El país funciona por inercia, pero eso no puede durar de manera indefinida, cualquier
día el motor se gripará y si eso sucede la reparación será muy larga y muy
costosa.
En estas circunstancias, tan
solo un proceso electoral impecable del que todos acepten democráticamente los
resultados, puede servir para empezar a salir del agujero en el que la
irresponsabilidad de algunos nos ha situado. Por eso, lanzar globos sonda apuntando
que de celebrase las elecciones el 14 F, existe un serio riesgo para la salud
de los ciudadanos y, a la vez, insinuar que si la participación es escasa y los
resultados no son los que el independentismo espera, pueden quedar
deslegitimados, es una mezquindad.
Mucho más si se hace desde los
medios públicos y encima que sean personajes de prestigio social y/o
profesional los que lancen los mensajes. Y es que de vilezas, mezquindades,
canalladas y manipulaciones estamos hasta más arriba.
Bernardo Fernández
Publicado en e notícies
25/01/2021